condiciones generales de contratación de servicios de formación con IA.
condiciones vigentes desde el 14 de mayo 2025.
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1. ámbito de aplicación
RANDSTAD CONSULTORES Y SOLUCIONES DE RECURSOS HUMANOS, S.L.U., provista de CIF B-81500043 y AVANZO LEARNING PROGRESS, S.A., provista de CIF A-81944720, ambas con domicilio a estos efectos en la Calle Vía de los Poblados 9, Edificio B, planta 5ª, 28033 Madrid, en adelante denominadas también en su conjunto o individualmente como “RANDSTAD ”, tienen como actividades propias de su objeto social, entre otras, la prestación de servicios de consultoría en materia de recursos humanos, estando especializadas en servicios de formación e-learning y Proyectos formativos y registradas ante el SEPE como Entidades Formadoras.
Las presentes CONDICIONES GENERALES serán de aplicación y regularán la prestación de servicios de entrenamientos virtuales y/o formación en competencias con inteligencia artificial (IA) (en lo sucesivo los “Servicios”) que un CLIENTE (en lo sucesivo “EL CLIENTE”) encargue y contrate con RANDSTAD.
En consecuencia el objeto del presente documento (en lo sucesivo “CONDICIONES GENERALES”) es definir los términos y condiciones en que RANDSTAD va a prestar los Servicios al CLIENTE que previamente haya aceptado y firmado la Oferta Contractual facilitada por parte de RANDSTAD (en lo sucesivo "OFERTA CONTRACTUAL o EL CONTRATO”).
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2. orden de prelación
EL CONTRATO constituirá por sí mismo una relación contractual y vendrá regulada: i) en primer lugar, por EL CONTRATO; ii) en segundo lugar, por estas CONDICIONES GENERALES; y iii) por último, por la normativa civil y mercantil aplicable en cada momento.
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3. duración
La duración de los Servicios será la estipulada en EL CONTRATO, transcurrida la cual los Servicios finalizarán, salvo que las partes acuerden su prórroga.
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4. tarifa y facturación del servicio
El precio a percibir por RANDSTAD en cada caso será el que venga fijado en EL CONTRATO.
El precio no incluye el importe correspondiente al impuesto sobre el valor añadido, o cualquier otro tipo de impuesto, tasa o gravamen que en el futuro pueda gravar el contrato, cualquiera que sea su ámbito de imposición, de carácter nacional, autonómico, regional o local, el cual será incluido y repercutido en las facturas que emita RANDSTAD al CLIENTE al tipo impositivo vigente en cada momento.
EL CLIENTE deberá abonar a RANDSTAD el importe de lo facturado en los términos previstos en EL CONTRATO.
EL CLIENTE abonará, en todo caso, el importe total comprendido en la factura, y no podrá retener importe alguno con cargo a la misma con motivo de compensación total o parcial de reclamaciones que pueda tener contra RANDSTAD. El retraso en la emisión de una o varias facturas por parte de RANDSTAD bajo ningún concepto supone la renuncia por parte de RANDSTAD al cobro de las mismas, por lo que estas deberán ser pagadas por EL CLIENTE dentro del plazo anteriormente estipulado.
La falta de pago o, en su caso, el retraso en el pago de las facturas, dará derecho a RANDSTAD a reclamar el importe total de las facturas de acuerdo con la normativa vigente en cada momento (Ley 3/2004, de 29 de diciembre y sus respectivas modificaciones).
Todo lo expuesto en el párrafo precedente se entiende sin perjuicio del derecho de RANDSTAD para suspender temporal o definitivamente la prestación de los Servicios de darse las circunstancias previstas en el mismo. La suspensión aludida, cuando la misma sea temporal, no será levantada en tanto no le sea abonado en su totalidad a RANDSTAD el importe de las facturas impagadas, según lo establecido en el párrafo anterior. Suspendidos temporal o definitivamente los servicios por cualquiera de las causas antes mencionadas, RANDSTAD quedará liberada de todas sus obligaciones derivadas del CONTRATO y las CONDICIONES GENERALES, sin que ello pueda ser motivo de reclamación alguna por parte del CLIENTE, y sin perjuicio del derecho que asista a RANDSTAD para ejercitar las acciones legales que tuviere por convenientes en reclamación de las cantidades adeudadas así como de los daños y perjuicios que tales circunstancias le hubieren ocasionado.
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5. inteligencia artificial (IA)
5.1.- Los Servicios incluyen el uso del Sistema de IA facilitado por un proveedor tercero, para la personalización del aprendizaje, análisis de desempeño, asistencia virtual y generación de contenido.
El CLIENTE tendrá derecho al uso, no exclusivo, y temporal, del Sistema de IA especializado en los Servicios de acuerdo con los fines permitidos en el mismo y en el Contrato/Servicio, y únicamente durante la vigencia del Contrato/Servicio.
En cuanto al número de licencias de uso del Sistema de IA que el CLIENTE contrate a RANDSTAD se estará a lo dispuesto en el Contrato/Servicio.
Ambas Partes se comprometen a cumplir con el Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial, así como cualquier otra disposición o regulación que le fuera igualmente aplicable.
El Sistema de IA ha sido diseñado y desarrollado:
- de manera que las personas físicas puedan supervisarlo de manera eficaz acorde a los riesgos asociados al sistema.
- siguiendo el principio de seguridad desde el diseño y por defecto, a la luz de la finalidad prevista, debe alcanzar un nivel adecuado de precisión, solidez, seguridad y ciberseguridad, y funcionar de manera homogénea en esos aspectos a lo largo de todo su ciclo de vida.
- de manera que su funcionamiento resulte lo suficientemente transparente como para que EL CLIENTE pueda comprenderlo, dentro de lo razonable, en base a los principios de trazabilidad, explicabilidad y comunicación.
- el proveedor del Sistema de IA contratado por RANDSTAD cuenta con un sistema de gestión de riesgos establecido, implementado, documentado y monitoreado.
- el conjunto de datos utilizados en el desarrollo del Sistema de IA, incluido el entrenamiento, la validación y las pruebas, han sido sujetos a prácticas de gestión y gobernanza de datos. No obstante, el CLIENTE será responsable del conjunto de los datos incluídos durante el uso dado por este a los Sistemas de IA.
5.2.- EL CLIENTE acepta que el Sistema de IA se utiliza como una herramienta de apoyo en el proceso de entrenamiento y no sustituye la supervisión humana ni la validación por parte del CLIENTE de los conocimientos adquiridos.
El Sistema de IA cumple con estándares de calidad y seguridad, pero no garantiza que la información generada por el Sistema de IA (resultados, informes finales) sea precisa y libre de errores en su totalidad.
RANDSTAD garantiza que el Sistema de IA empleado para los Servicios se basa en modelos avanzados de aprendizaje automático y procesamiento de datos, pero advierte al CLIENTE que puede presentar limitaciones, tales como:
- Respuestas incorrectas o imprecisas en determinadas circunstancias.
- Posibles sesgos en los algoritmos y programas utilizados.
- Dependencia de la calidad del conjunto de datos (información, contenidos y datos) facilitados por EL CLIENTE usados para entrenar el Sistema de IA.
En todo caso, RANDSTAD no será responsable de:
- Las decisiones que EL CLIENTE tome con base a la información creada por el Sistema de IA (resultados, informes finales)
- Los errores o fallos derivados de interpretaciones incorrectas de la información creada por el Sistema de IA (resultados, informes finales)
- Las interrupciones en el funcionamiento del sistema IA debido a problemas tecnológicos ajenos a RANDSTAD.
EL CLIENTE asume la responsabilidad de verificar y complementar la información generada por el Sistema de IA (resultados, informes finales) antes de utilizarla en contextos internos dentro su Compañía o de aportarla con el fin de que personas físicas adopten una decisión.
Asimismo, el CLIENTE deberá en todo caso:
- Abstenerse de destinar, aplicar o utilizar los Sistemas de IA a los que tenga acceso para un fin distinto al regulado en relación con la prestación de los servicios o que suponga el incumplimiento de este Contrato/Servicio.
- Implementar adecuadamente las medidas de seguridad oportunas y cooperar con RANDSTAD para avalar su cumplimiento.
- El CLIENTE deberá comunicar a RANDSTAD inmediatamente cualquier incidente relacionado con el Sistema de IA y de su correcto funcionamiento, así como aquellos incumplimientos respecto al uso dado por el CLIENTE en todo momento.
5.3 A fin de garantizar un nivel adecuado de solidez, seguridad y ciberseguridad, el Sistema de IA aplicará las medidas técnicas y organizativas suficientes; Estas medidas deben garantizar que el Sistema de IA sea lo más resistente posible frente a errores, fallos e incoherencias que pueden surgir en los propios sistemas o en el entorno donde operan, en particular a causa de su interacción con personas físicas u otros sistemas.
5.4 RANDSTAD tendrá a disposición del CLIENTE para el caso de que la solicite, la información relativa al uso del Sistema de IA.
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6. abandono y cancelación de servicios
En el caso de abandono de los servicios (entrenamiento virtual/acción formativa) por parte del alumno/usuario no generará derecho a devolución ni anulación para el CLIENTE del importe facturado.
Una vez firmado EL CONTRATO, EL CLIENTE quiera cancelar el servicio solicitado, RANDSTAD estará facultada para facturarle al CLIENTE como penalización por dicha resolución anticipada las cuantías estipuladas en EL CONTRATO.
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7. cesión y subcontratación
RANDSTAD estará facultada para ceder y/o subcontratar a empresas del GRUPO RANDSTAD (www.RANDSTAD.es) y/o un tercero la realización de determinadas fases o tareas que forman parte de los Servicios, e incluso la totalidad de los mismos, cuando ello fuere necesario por razones operativas y siempre que no exista una disposición legal que lo impida, siendo en tal caso responsable solidario junto con el subcontratista por los daños que éste causare al CLIENTE en tal realización, todo ello con arreglo a los límites previstos en las presentes CONDICIONES GENERALES.
Al amparo de lo dispuesto en la Ley 30/2015, de 9 de Septiembre, no se considerará subcontratación prohibida la contratación por parte de RANDSTAD de los tutores relacionados con los servicios objeto del CONTRATO.
RANDSTAD podrá, sin necesidad de obtener el consentimiento previo del CLIENTE, aunque con previa comunicación al mismo, ceder el presente contrato en favor de cualquier empresa que pertenezca al GRUPO RANDSTAD o de un tercero, siempre que su objeto social ampare la prestación de los servicios aquí contratados y esté legalmente capacitada para el desarrollo del mismo.
Igualmente, RANDSTAD podrá en cualquier momento y sin necesidad de obtener el consentimiento previo del CLIENTE, aunque con previa comunicación al mismo, ceder los derechos de crédito derivados del presente contrato en favor de cualquier empresa perteneciente al GRUPO RANDSTAD, así como en favor de una o más entidades financieras de reconocida solvencia y reputación en el marco de la OCDE. Se considerará a los efectos previstos en los párrafos anteriores como empresas del GRUPO RANDSTAD aquellas en cuyo capital social participe, de forma directa o indirecta, RANDSTAD N.V.
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8. resolución
El incumplimiento por una de las partes de cualquiera de las obligaciones que le correspondan de acuerdo con EL CONTRATO y las presentes CONDICIONES GENERALES facultará a la otra parte para instar la resolución anticipada del mismo, bastando a tal fin que la parte perjudicada se lo comunique por escrito a la parte incumplidora con 48 horas de antelación al momento en que vaya a tener efecto dicha resolución.
En el supuesto de que el incumplimiento consista en el impago o el retraso en el pago por EL CLIENTE del precio pactado en EL CONTRATO, podrá RANDSTAD resolver de forma anticipada el presente CONTRATO.
La resolución por parte de RANDSTAD del CONTRATO conlleva la liberación para RANDSTAD de todas sus obligaciones al respecto sin que ello pueda ser motivo de reclamación alguna por parte del CLIENTE, y sin perjuicio del derecho que asista a RANDSTAD para ejercitar las acciones legales que tuviere por convenientes contra el CLIENTE en reclamación de las cantidades adeudadas así como de los daños y perjuicios sufridos.
Ante la resolución y/o extinción contractual, con independencia de la causa, EL CLIENTE vendrá obligado a pagar los servicios prestados por RANDSTAD de conformidad con lo pactado en EL CONTRATO y las presentes CONDICIONES GENERALES.
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9. usuario externo
En el caso de que EL CLIENTE hubiere suscrito un CONTRATO, en el cual se establezca que RANDSTAD actúa en calidad de “usuario externo” del CLIENTE en la aplicación de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, (FUNDAE) aplicarán las siguientes condiciones:
Cuando el CLIENTE en el apartado del CONTRATO “Oferta Económica” haya optado por qué RANDSTAD actúe como “Usuario Externo” suyo en la plataforma de la FEFE con respecto de la acción formativa objeto de EL CONTRATO, el CLIENTE tendrá que estar dado de alta en la citada plataforma como “Empresa Bonificada”, para posteriormente dar de alta a RANDSTAD como “Usuario Externo”; a tal fin RANDSTAD facilitará al CLIENTE la información necesaria. RANDSTAD en tal calidad se encargará de los trámites on-line necesarios en la citada aplicación en relación con la acción formativa objeto de EL CONTRATO, para que la misma pueda ser bonificada por el CLIENTE. En ningún caso tal encargo convertirá a RANDSTAD en Entidad Organizadora de la acción formativa.
EL CLIENTE manifiesta que es conocedor de la normativa que regula la obtención del crédito de formación en relación con las acciones de formación que programe para sus trabajadores, así como de los permisos individuales de formación que les conceda, y que cumple y cumplirá con las obligaciones que la misma impone a las empresas beneficiarias de los créditos a la formación. A tal fin se compromete a facilitar información y documentación fidedigna a RANDSTAD para que la misma pueda actuar como Entidad Formadora y, en su caso, Usuario Externo. RANDSTAD no será responsable en modo alguno de los incumplimientos del CLIENTE que perjudiquen la obtención del citado crédito en relación con la acción formativa aludida.
RANDSTAD declara que cuenta con profesionales con la cualificación idónea para la ejecución del servicio concertado y para llevar a cabo el despliegue de todas las actividades en él contenidas, entendiéndose el servicio a cargo de RANDSTAD como una obligación de medios y no de resultado. En este sentido RANDSTAD no garantiza en modo alguno la obtención del crédito de formación por parte del CLIENTE en relación con la acción formativa a la que hace referencia EL CONTRATO, puesto que el mismo depende de que EL CLIENTE cumpla con todas las obligaciones que el compete.
RANDSTAD no asume ningún tipo de obligación de cara al CLIENTE y su crédito de formación en relación con acciones formativas distintas de las incluidas en EL CONTRATO.
Se recuerda al CLIENTE que para bonificar el crédito correspondiente a la acción formativa objeto de la oferta es necesario, entre otros requisitos, que: i) haya abonado la factura correspondiente a la misma y ii) el alumno haya finalizado la acción formativa.
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10. responsabilidad civil
El importe total del que responderá RANDSTAD frente al CLIENTE, por la suma de todos los daños individuales y, por tanto, por el conjunto de tales daños que, siendo consecuencia de la prestación de los Servicios objeto de EL CONTRATO aquella cause a éste, no será en ningún caso superior a las cantidades totales satisfechas por EL CLIENTE a RANDSTAD.
Aquellos daños que se produzcan directa o indirectamente por caso fortuito o fuerza mayor no serán en ningún caso imputables a RANDSTAD, por lo que ésta no responderá frente al CLIENTE por los mismos, asimismo RANDSTAD no responderá frente al CLIENTE por a) daños consecuenciales e indirectos de cualquier tipo, independientemente de dónde y cuándo se produzcan/materialicen éstos, ni b) daños relativos a la pérdida de ingresos, intereses, beneficios, negocio, oportunidades, reputación comercial en el mercado, etc.
Toda reclamación que EL CLIENTE pretenda formularle a RANDSTAD por cualquier daño sufrido por aquel como consecuencia de la ejecución de EL CONTRATO, deberá serle notificada por EL CLIENTE a RANDSTAD mediante comunicación escrita dentro de los siete días naturales siguientes a la fecha en que se haya producido el hecho causante del daño.
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11. confidencialidad
La información y/o documentación facilitada por las Partes contratantes en virtud del CONTRATO, con independencia del soporte en el que consten, ya sea de carácter técnico, económico, comercial, informático o de cualquier otra naturaleza, son estrictamente confidenciales y deben ser tratadas y utilizados con arreglo a dicha confidencialidad y a los solos efectos de prestación de los servicios.
Ambas Partes se comprometen y obligan, recíprocamente una frente a la otra, a mantener en secreto y no revelar a terceros cualquier información confidencial que le sea facilitada a una de las Partes por la otra Parte, que adoptará las medidas necesarias para asegurar que terceros no autorizados tengan acceso a esta información confidencial y que ésta no sea divulgada, siendo la única responsable de las consecuencias que se deriven de ese incumplimiento la parte que reciba de la otra esa información confidencial.
El Sistema de IA mantendrá la confidencialidad sobre el conjunto de datos (información, contenidos y datos) del CLIENTE en todo momento y adoptará todas las medidas de seguridad razonables para evitar que terceros tengan acceso al conjunto de datos del CLIENTE. Asimismo, el Sistema de IA garantiza que no proporcionará a terceros funcionalidades directamente derivadas de o conectadas con el conjunto de datos del CLIENTE.
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12. propiedad intelectual
El Sistema de IA puede emplear modelos de aprendizaje automático, algoritmos y programas que pueden modificarse a medida que se ejecutan como parte del uso por EL CLIENTE o los usuarios del CLIENTE del Sistema de IA, siendo la propiedad intelectual e industrial tanto del Sistema de IA como todas las modificaciones que del mismo resulten a partir de esos usos de un proveedor tercero.
La propiedad intelectual e industrial de los trabajos de análisis, diseño y consultoría llevados a cabo por parte de RANDSTAD en los Servicios es exclusiva de RANDSTAD.
Los derechos de propiedad intelectual e industrial, relativos a la información, contenidos y datos propiedad del CLIENTE, facilitados por parte del CLIENTE y usados para entrenar el Sistema de IA seguirán correspondiendo al CLIENTE y los derechos de propiedad intelectual e industrial relativos a la información, contenidos y datos propiedad de RANDSTAD y/o a terceros usados para entrenar el Sistema de IA, seguirán correspondiendo a RANDSTAD y/o a terceros.
En el caso de que EL CLIENTE y RANDSTAD acuerden en el CONTRATO la adaptación de los Servicios al look&feel del CLIENTE, el CLIENTE autoriza a RANDSTAD a usar su marca, logotipo, nombre comercial, para ello facilitará a RANDSTAD los datos/modelos concretos de su marca, logotipo, nombre comercial, que sean necesarios y que deberán ser incluidos en los Servicios. EL CLIENTE garantiza a RANDSTAD que es titular de los derechos de propiedad intelectual e industrial de la marca, logotipo, nombre comercial, facilitados y de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial que le permiten la autorización para su uso. Lo acordado en esta cláusula en ningún caso constituye ni podrá ser considerado en modo alguno como una cesión de los derechos de propiedad industrial y/o intelectual del CLIENTE a favor de RANDSTAD.
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13. protección de datos
En cumplimiento con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y el Reglamento General de Protección de Datos de la UE de 27 de Abril de 2016, las partes son informadas mutuamente de que los datos personales de sus representantes y empleados serán tratados por la otra parte para la gestión y correcta prestación de los servicios regulados en el presente acuerdo , así como para cualquier otra gestión necesaria y relacionada con el mismo, siendo la legitimación para este tratamiento la ejecución del contrato objeto de regulación. Para ello, sus datos serán comunicados a las entidades integrantes del Grupo RANDSTAD (https://www.randstad.es/aviso-legal/), apartado “Definiciones”) de acuerdo a las finalidades indicadas, así como a bancos y entidades de crédito, para el cobro y facturación del mismo, a Administraciones Públicas con competencia en la materia, como puede ser Hacienda, para el cumplimiento de las obligaciones fiscales o de cualquier otra índole, así como Juzgados y Tribunales en el caso de requerimiento por parte de ellos, para el cumplimiento de tal obligación legal. Del mismo modo, sus datos serán tratados por proveedores de cada una de las partes, en calidad de encargados del tratamiento, en el caso de que ello sea necesario, para la gestión de la comunicación de las partes y cualquier otra gestión relacionada con los servicios objeto de regulación.
Los proveedores contratados por RANDSTAD para la prestación de distintos servicios, pueden llegar a tratar los datos personales de el/los firmante/s y realizar transferencias internacionales de sus datos fuera del Espacio Económico Europeo (EEE) y a países con respecto de los cuales no exista una decisión de adecuación por parte de la Comisión Europea, las cuales se llevan a cabo estableciendo los marcos jurídicos adecuados.
Igualmente el CLIENTE, los firmantes, representantes y personas de contacto del presente acuerdo, consienten mediante la aceptación de la presente cláusula que sus datos personales puedan ser utilizados por las entidades integrantes del Grupo RANDSTAD (www.randstad.es) para el envío de comunicaciones publicitarias y promocionales sobre productos y servicios similares a los contratados. En todo caso, los potenciales destinatarios de dichas comunicaciones disponen de la posibilidad de oponerse al tratamiento de sus datos con fines promocionales, pudiendo ejercer su derecho en cualquier momento, incluso con carácter previo al envío de dichas comunicaciones, a través de la correspondiente solicitud dirigida a la dirección de correo electrónico: proteccion.datos@randstad.es
Las partes garantizan que han trasladado esta información a sus representantes y empleados, así como que pueden ejercitar, entre las partes y en cualquier momento, los derechos reconocidos en la normativa en materia de protección de datos y, concretamente, el derecho de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y limitación, así como el derecho de oposición, mediante solicitud remitida por escrito a:
- En el caso de RANDSTAD, a la dirección de correo electrónico: proteccion.datos@randstad.es, o por correo postal a la atención del Delegado de Protección de Datos, Calle Vía de los Poblados nº 9, Edificio “Trianon”, Bloque B, planta 4ª, 28033, Madrid.
- En el caso del CLIENTE, remitiendo su solicitud por correo postal a la dirección indicada en el encabezado presente acuerdo
Asimismo, los interesados tienen derecho a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos: www.aepd.es).
Los datos se conservarán mientras se mantenga la relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación.
En el supuesto de que, para la prestación de alguno de los Servicios contratados, RANDSTAD CONSULTORES Y SOLUCIONES DE RECURSOS HUMANOS, S.L.U. o AVANZO LEARNING PROGRESS, S.A. accediera a datos de carácter personal de los que el CLIENTE actúa como Responsable del tratamiento (Responsable), la entidad encargada de la prestación de los Servicios contratados tendrá la consideración de Encargado del tratamiento independiente (Encargado). Los supuestos anteriormente señalados, quedarán sujetos a lo regulado en esta cláusula, con arreglo a lo previsto en la Legislación de Protección de Datos.
Asimismo, atendiendo a la naturaleza de la prestación del/los servicio/s objeto del presente acuerdo, así como a sus finalidades, y en lo que corresponda al mismo, se tratará alguno o varios de los datos personales de clientes, proveedores, empleados, candidatos u otro tipo de interesado que pueda corresponder al objeto del acuerdo, enunciados de forma no limitativa, a continuación:
- Datos de carácter identificativo, características personales, circunstancias sociales, y/o datos personales de carácter sensible;
- Datos académicos y profesionales, de empleo y/o que aporten información comercial;
Del mismo modo, dichos datos personales estarán sujetos, de acuerdo a las finalidades del presente acuerdo, a alguno o varios de los tratamientos que se indican a continuación:
- Registro, recogida, conservación y/o extracción.
- Estructuración, organización, modificación y/o adaptación.
- Consulta, difusión, comunicación y/o cotejo.
- Supresión, destrucción, limitación u otro tipo de tratamiento de acuerdo a la naturaleza del servicio.
Para ello, RANDSTAD con respecto a dichos datos deberá cumplir con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril y, en particular, con las siguientes obligaciones:
- Adoptar e implementar las medidas técnicas y organizativas que garanticen su seguridad y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural.
- Tratarlos conforme a las instrucciones del Responsable.
- Utilizarlos únicamente en la medida en que sea necesario para la prestación del Servicio y, en ningún caso, para un fin distinto al mencionado.
- No cederlos, comunicarlos ni transmitirlos a terceros, ni siquiera para su conservación. No obstante, El Encargado podrá subcontratar total o parcialmente la prestación del servicio con terceros, salvo que medie prohibición expresa por parte del Cliente,.
- Asistir de forma leal y de buena fe al Responsable, en cualquier aspecto, cuestión, necesidad, incidencia o problema derivado de y/o en relación con el presente acuerdo y su ejecución, en especial en la gestión de la respuesta al ejercicio de derechos.
- Asegurarse de que no quede a su disposición ninguno de ellos una vez que finalice la prestación del Servicio, para lo que deberá proceder a su destrucción o a devolverlos al Responsable.
Por su parte, el CLIENTE cuando actúe como Responsable del tratamiento se obliga, con respecto a los datos en cuestión, a:
- Que todos ellos sean siempre legítimos y a haberlos obtenido de forma lícita.
- Haber recabado, previo el acceso por RANDSTAD a los datos, el consentimiento o la base legitimadora pertinente a tal efecto de las personas a quienes vengan referidos los mismos.
Sin perjuicio de lo establecido en la presente cláusula, en caso de concurrir con esta un acuerdo que regule de forma específica el tratamiento de los datos, y siempre que se cumpla con la normativa vigente en materia de protección de datos personales, dicho acuerdo prevalecerá sobre lo aquí establecido al respecto, quedando esta cláusula como supletoria en lo que aquel no regule.
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14. cumplimiento normativo, sanciones y anticorrupción
14.1. Cumplimiento normativo
El CLIENTE declara tanto él, como sus filiales, cumplen con la legislación nacional e internacional aplicable, incluyendo la normativa relativa a la prevención y lucha contra el terrorismo, blanqueo de capitales, violaciones de derechos humanos, seguridad internacional, antisoborno y anticorrupción, y que no ha sido incluido en ninguna lista de exclusión. Asimismo, el CLIENTE declara que no ha sido objeto de una condena penal firme por delitos que impliquen responsabilidad penal de las personas jurídicas. Asimismo, el CLIENTE declara que los fondos proporcionados a RANDSTAD provienen de actividades lícitas.
En caso de que el CLIENTE sea condenado penalmente durante la vigencia del CONTRATO RANDSTAD tendrá derecho a rescindir el CONTRATO sin incurrir en ninguna obligación de indemnización.
14.2. Sanciones
A los efectos de la presente cláusula se entiende por "Sanciones" cualquier embargo o medida restrictiva impuesta por incumplimientos derivados de la normativa comercial, económica o financiera promulgada o aplicada por cualquier autoridad competente en la materia.
El CLIENTE declara que ninguna de sus filiales,ningún consejero/a, directivo/a o empleado/a suyo o de cualquiera de sus filiales son o han sido nunca objeto de ninguna reclamación, procedimiento, notificación formal o investigación o condena relacionados con esta materia.
El CLIENTE adoptará las medidas razonables para garantizar que este y sus filiales cumplen con la cláusula relativa a Sanciones y no participarán en actividades que puedan hacer que RANDSTAD, su personal, miembros del consejo de administración o trabajadores/as temporales infrinjan la misma.
El CLIENTE se asegurará de no proporcionar fondos a RANDSTAD que procedan de negocios u operaciones por parte de una entidad que haya sido sancionada o de cualquier actuación que incumpla las medidas impuestas y/o la normativa aplicable.
Si durante la vigencia del CONTRATO el CLIENTE por sí mismo o cualquiera de sus filiales, consejeros/as, directivos/as o empleados/as fuera objeto de sanciones, RANDSTAD tendrá derecho a resolver el presente contrato con efecto inmediato y sin estar obligado a pagar ningún tipo de indemnización (incluyendo, a título ilustrativo, honorarios, costes e indemnización por daños y perjuicios). La presente cláusula de responsabilidad será de plena aplicación con independencia de cualquier otra cláusula análoga contenida en el presente o en cualquier otro acuerdo firmado entre las Partes; todo ello sin perjuicio de los restantes derechos que le pudieran corresponder a RANDSTAD en virtud de la ley aplicable.
14.3. Anticorrupción
Ninguna de las partes, ni ninguna de sus filiales, ni ninguno de sus respectivos consejeros, directivos, empleados o agentes, ni ninguna otra persona que actúe en su nombre, ha realizado directa o indirectamente sobornos, rebajas, pagos, tráfico de de influencias, comisiones ilegales, pagos ilegales, contribuciones políticas ilegales u otros pagos, en forma de dinero en efectivo, regalos u otros, o realizado cualquier otra acción, en violación de la normativa aplicable en materia anti-soborno o anti-corrupción, incluyendo la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (colectivamente, las «Leyes Antisoborno»), ya sea en relación con este CONTRATO o de otra manera.
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15. notificaciones
A los efectos de notificaciones, requerimientos, avisos o comunicaciones relacionados con EL CONTRATO, las partes designan los domicilios que respectivamente hacen constar como suyos en dicho documento.
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16. legislación y jurisdicción
El CONTRATO queda sometido a las leyes civiles y mercantiles del Reino de España.
Para cuantas cuestiones o litigios se pudieran suscitar con motivo de la interpretación o ejecución de esta EL CONTRATO, las partes con renuncia formal y expresa a su propio fuero, si les correspondiere, se someten a la Jurisdicción y Competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital.
Condiciones generales para la prestación de servicios de entrenamientos y/o formación virtuales en competencias con inteligencia artificial (IA).