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contrato indefinido

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Cuatro palabras que muchos anhelan y que no siempre son tan fáciles de conquistar: contrato de trabajo indefinido. Para muchos, la estabilidad laboral tras años de incertidumbre y contratos en prácticas o contratos temporales.

Porque, además de contar con unas condiciones laborales que contemplan el largo plazo, supone un espaldarazo para el trabajador que lo firma, la prueba legal de que la empresa que propone el contrato quiere apostar por el talento de esa persona y pagarle mes a mes por sus servicios.

¿Qué es un contrato de trabajo indefinido?

Como ya se ha apuntado, el contrato indefinido implica una vinculación estrecha del trabajador con la empresa, y viceversa. El SEPE (Servicio de Empleo Público Estatal) lo define como un contrato que se concierta sin establecer límites de tiempo en la prestación de los servicios en cuanto la duración de dicho contrato.

Este contrato puede ser verbal o escrito, dice el propio SEPE, y podrá aplicarse a jornada completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos. Tiende a pensarse que el contrato indefinido se aplica a las jornadas laborales completas, pero es igual de válido para esas otras opciones, como se ha visto.

Tipos de contratos indefinidos

La última reforma laboral impulsada por el Gobierno de España, que entró en vigor en diciembre de 2021, fija tres tipos de contratos indefinidos. Son estos:

  • A jornada completa. El convenio marca las horas, actualmente de 40 por semana, en el contrato indefinido más habitual.
  • A jornada parcial. Se fijan las mismas condiciones contractuales que con la jornada completa, pero las horas que hay que cumplir, como refleja el contrato, se reducen a la mitad. Estas pueden ser distribuidas a lo largo de los siete días de la semana según conveniencia de ambas partes, con variación salarial si las horas se trabajan en fin de semana y en horario nocturno.
  • Fijo discontinuo. Es un tipo de contrato indefinido que se ajusta a las necesidades de trabajo de una empresa que ofrece servicios de manera intermitente. Se emplea sobre todo en el turismo, sector dependiente de la temporalidad, y se trata del tipo de contrato indefinido más empleado en el mercado de trabajo actual. Presenta distintas ventajas, como el derecho a paro en los periodos en que no se trabaja, así como una garantía de estabilidad, ya que el hecho de que sea “indefinido” implica que se contará con los servicios del trabajador siempre que haya demanda.

Además de estos tres tipos de contrato indefinido, existen otros. Como el contrato indefinido de empleados del hogar, entre las que se encuentran aquellas actividades como las tareas domésticas de limpieza y mantenimiento, plancha, etc., pero también el cuidado de gente mayor y niños. Puede ser a tiempo completo o un contrato indefinido a tiempo parcial, y para que este último tenga validez deben trabajarse al menos 120 días al año.

Otros contratos indefinidos que contempla la ley son:

  • Contrato indefinido para personas con discapacidad.
  • Contrato indefinido en centros especiales de empleo.
  • Contrato indefinido de personas en exclusión social.
  • Contrato indefinido para mayores de 52 años.
  • Contrato indefinido para víctimas de violencia de género.

Características

Tras la última reforma laboral, se dio prioridad a los contratos indefinidos, por encima de los temporales. Tanto es así, que ha pasado a ser obligatorio, salvo excepciones que la empresa deberá justificar.

Además, se acaba con la posibilidad de concatenar contratos temporales sin límite, y cualquier relación de trabajo que sea superior a 18 meses se convertirá inmediatamente en indefinida.

Y si un empleado ha trabajado en un puesto durante 18 meses (en una horquilla temporal de 24 meses, es decir, dos años), la empresa está en la obligación de no contratar a otra persona para realizar ese trabajo de manera temporal, sino que se producirá una contratación automática bajo la fórmula del contrato indefinido.

Por otro lado, un contrato de trabajo debe incluir datos básicos sobre las dos partes que forman el documento, es decir, el empresario o representante de la empresa, y el trabajador. Se especifica la fecha de comienzo de la relación laboral, sin fijar la duración del mismo, pues se trata, precisamente, de un contrato indefinido en el tiempo, la categoría profesional del puesto que va a desempeñar el trabajador, el salario base inicial y los complementos que puedan corresponder, la periodicidad con que se recibirá ese salario y las fechas de cobro.

También se incluirá en el contrato laboral la distribución y la duración de las jornadas de trabajo, así como de las vacaciones, días festivos, y plazos de preaviso si se diera el caso de una extinción de dicho contrato. Porque, como veremos en el siguiente epígrafe, contrato indefinido no significa exactamente contrato blindado.

Respecto al periodo de prueba en el contrato indefinido, dependerá de la empresa aplicarlo o no. Si decide aplicarlo y establece un tiempo para esa prueba y en el transcurso de ese tiempo se decide no contar con los servicios del candidato, este no recibirá indemnización.

¿Cómo funcionan las indemnizaciones?

En el caso de los contratos indefinidos, las indemnizaciones por despido son más cuantiosas que con otro tipo de contratos, como los temporales. Porque la posibilidad del despido sigue existiendo, como hemos apuntado, ya sea por causas objetivas (en arreglo al artículo 53 del Estatuto del Trabajador) o bien por la fórmula del despido disciplinario, que en este caso no contará con indemnización para el trabajador si se considera (en los juzgados) que es procedente.

En el primer caso, al trabajador le corresponderán 20 días por año trabajado, pero en caso de despidos improcedentes, siempre que el contrato sea posterior a febrero de 2012, tendrá derecho a cobrar 33 días de salario por año trabajado. Si es anterior, se mantienen los 45 días por año trabajado. Recordemos que la última reforma del trabajo, de 2022, mantiene esos 33 días de indemnizaciones por año trabajado en despidos considerados improcedentes, y no recupera los 45 como pedían representantes sindicales.

Para conocer al detalle qué te corresponde o te puede corresponder en caso de despido, tanto por indemnización como por finiquito, te puedes valer de las distintas calculadoras que, a golpe de clic en internet, te sacarán de dudas.

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