condiciones generales de contratación servicios de formación
condiciones vigentes desde el 2 de enero 2024
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1. ámbito de aplicación
AVANZO LEARNING PROGRESS, S.A., con domicilio social en la Calle Vía de los Poblados 9, Edificio B, planta 5ª, 28033 Madrid, y provista de CIF A81944720, en adelante denominada también “RANDSTAD”, tiene como actividades propias de su objeto social, entre otras, la prestación de servicios de consultoría en materia de recursos humanos, estando especializada en servicios de formación e-learning y Proyectos formativos y registrada ante el SEPE como Entidad Formadora.
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2. objeto
El objeto del presente documento es definir los términos y condiciones en que RANDSTAD prestará el servicio de formación e-learning y Proyectos formativos, para EL CLIENTE que previamente haya firmado una oferta o propuesta contractual de aquella (en lo sucesivo "EL CONTRATO").
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3. precio
RANDSTAD percibirá del CLIENTE por la prestación del servicio contratado la cantidad prevista en EL CONTRATO. Aparte se facturarán cuantos gastos extras que pudieran producirse por desviaciones insalvables sobre el presupuesto inicialmente previsto, previa autorización del CLIENTE.
Los precios estipulados en EL CONTRATO tienen vigencia exclusivamente para el servicio contenido en el mismo y durante el periodo de validez que aquel establece, por lo que de solicitarse por EL CLIENTE el servicio fuera de dicho periodo, deberá solicitar de RANDSTAD una nueva oferta económica.
EL CLIENTE deberá abonar a RANDSTAD el importe de lo facturado en los términos previstos en EL CONTRATO. EL CLIENTE abonará, en todo caso, el importe total comprendido en la factura, y no podrá retener importe alguno con cargo a la misma con motivo de compensación total o parcial de reclamaciones que pueda tener contra RANDSTAD. El retraso en la emisión de una o varias facturas por parte de RANDSTAD bajo ningún concepto supone la renuncia por parte de RANDSTAD al cobro de las mismas, por lo que estas deberán ser pagadas por EL CLIENTE dentro del plazo anteriormente estipulado.
La falta de pago o, en su caso, el retraso en el pago de las facturas, dará derecho a RANDSTAD a reclamar el importe total de las facturas de acuerdo con la normativa vigente en cada momento (Ley 3/2004, de 29 de diciembre y sus respectivas modificaciones).
Todo lo expuesto en el párrafo precedente se entiende sin perjuicio del derecho de RANDSTAD para suspender temporal o definitivamente la prestación del servicio de darse las circunstancias previstas en el mismo. La suspensión aludida, cuando la misma sea temporal, no será levantada en tanto no le sea abonado en su totalidad a RANDSTAD el importe de las facturas impagadas, según lo establecido en el párrafo anterior. Suspendido temporal o definitivamente el servicio por cualquiera de las causas antes mencionadas, RANDSTAD quedará liberada de todas sus obligaciones derivadas del presente acuerdo, sin que ello pueda ser motivo de reclamación alguna por parte del CLIENTE, y sin perjuicio del derecho que asista a RANDSTAD para ejercitar las acciones legales que tuviere por convenientes en reclamación de las cantidades adeudadas así como de los daños y perjuicios que tales circunstancias le hubieren ocasionado.
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4. responsabilidad
El importe total del que responderá RANDSTAD frente al CLIENTE, por la suma de todos los daños individuales y, por tanto, por el conjunto de tales daños que, siendo consecuencia de la prestación de los servicios objeto de EL CONTRATO que aquella cause a éste, no será en ningún caso superior a las cantidades totales satisfechas por EL CLIENTE a RANDSTAD respecto del servicio concreto en que se produce el daño. En cualquier caso RANDSTAD no responderá frente al CLIENTE por a) daños consecuenciales e indirectos de cualquier tipo, independientemente de dónde y cuándo se produzcan/materialicen éstos, ni b) daños relativos a la pérdida de ingresos, intereses, beneficios, negocio, oportunidades, reputación comercial en el mercado, etc. Toda reclamación que EL CLIENTE pretenda formularle a RANDSTAD por cualquier daño sufrido por aquel como consecuencia de la ejecución de EL CONTRATO, deberá serle notificada por EL CLIENTE a RANDSTAD mediante comunicación escrita dentro de los siete días naturales siguientes a la fecha en que se haya producido el hecho causante del daño. La falta de notificación en el plazo citado de la comunicación escrita de referencia implicará la renuncia por EL CLIENTE a reclamar a RANDSTAD, con carácter definitivo, por el daño de que se trate.
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5. abandono de la acción formativa
En el caso de formación e-learning, el abandono de la acción formativa por parte del alumno no generará derecho a devolución ni anulación para el CLIENTE del importe facturado. En el caso de Proyecto formativo, una vez firmado EL CONTRATO, EL CLIENTE quiera cancelar el servicio solicitado, RANDSTAD estará facultada para facturarle al CLIENTE como penalización por dicha resolución anticipada las cuantías estipuladas en EL CONTRATO.
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6. subcontratación
Al amparo de lo dispuesto en la Ley 30/2015, de 9 de Septiembre, no se considerará subcontratación prohibida la contratación por parte de RANDSTAD de los formadores/tutores relacionados con la/s acción/es formativa/s objeto de EL CONTRATO.
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7. incumplimiento
El incumplimiento por EL CLIENTE de cualquiera de las obligaciones que asume con la firma de EL CONTRATO facultará a RANDSTAD para instar la resolución anticipada del mismo, bastando a tal fin que RANDSTAD se lo comunique por escrito al CLIENTE con 24 horas de antelación al momento en que vaya a tener efecto dicha resolución.
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8. confidencialidad
La información y/o documentación facilitada por las Partes contratantes en virtud del CONTRATO, con independencia del soporte en el que consten, ya sea de carácter técnico, económico, comercial, informático o de cualquier otra naturaleza, son estrictamente confidenciales y deben ser tratadas y utilizados con arreglo a dicha confidencialidad y a los solos efectos de prestación de los servicios objeto del CONTRATO.
Ambas Partes se comprometen y obligan, recíprocamente una frente a la otra, a mantener en secreto y no revelar a terceros cualquier información confidencial que le sea facilitada a una de las Partes por la otra Parte, que adoptará las medidas necesarias para asegurar que terceros no autorizados tengan acceso a esta información confidencial y que ésta no sea divulgada, siendo la única responsable de las consecuencias que se deriven de ese incumplimiento la parte que reciba de la otra esa información confidencial.
Este compromiso de confidencialidad no impedirá a RANDSTAD hacer referencias al CLIENTE como parte de su cartera de clientes en sus presentaciones con fines de publicidad y marketing.
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9. protección de datos
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Tratamiento de datos de firmantes, representantes y empleados
En cumplimiento con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y el Reglamento General de Protección de Datos de la UE de 27 de Abril de 2016, las partes son informadas mutuamente de que los datos personales de sus representantes y empleados serán tratados por la otra parte para la gestión y correcta prestación de los servicios regulados en el presente acuerdo , así como para cualquier otra gestión necesaria y relacionada con el mismo, siendo la legitimación para este tratamiento la ejecución del contrato objeto de regulación. Los datos se conservarán mientras se mantenga la relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales de prescripción que le resulten de aplicación.Sus datos serán comunicados a las entidades integrantes del Grupo RANDSTAD (www.randstad.es) de acuerdo a las finalidades indicadas, así como a bancos y entidades de crédito, para el cobro y facturación del mismo, a Administraciones Públicas con competencia en la materia, como puede ser Hacienda, para el cumplimiento de las obligaciones fiscales o de cualquier otra índole, así como Juzgados y Tribunales en el caso de requerimiento por parte de ellos, para el cumplimiento de tal obligación legal. Del mismo modo, sus datos serán tratados por proveedores de cada una de las partes, en calidad de encargados del tratamiento, en el caso de que ello sea necesario, para la gestión de la comunicación de las partes y cualquier otra gestión relacionada con los servicios objeto de regulación.
Los proveedores contratados por RANDSTAD para la prestación de distintos servicios, pueden llegar a tratar los datos personales de el/los firmante/s y realizar transferencias internacionales de sus datos fuera del Espacio Económico Europeo (EEE) y a países con respecto de los cuales no exista una decisión de adecuación por parte de la Comisión Europea, las cuales se llevan a cabo estableciendo los marcos jurídicos adecuados.
Igualmente, se informa al CLIENTE que los datos personales de los firmantes y de las personas de contacto que facilite a RANDSTAD para la ejecución del contrato objeto de regulación, en virtud del interés legítimo derivado de la firma del presente acuerdo, podrán ser utilizados por las entidades integrantes del Grupo RANDSTAD (www.randstad.es), para el envío de comunicaciones publicitarias y promocionales por correo electrónico u otra vía de comunicación electrónica equivalente, así como por vía no electrónica, de productos y servicios similares a los contratados. En todo caso, el/los potenciales destinatario/s de dichas comunicaciones disponen de la posibilidad de oponerse al tratamiento de sus datos con fines promocionales, pudiendo ejercer su derecho en cualquier momento, incluso con carácter previo al envío de dichas comunicaciones, a través de la correspondiente solicitud dirigida a la dirección de correo electrónico: proteccion.datos@randstad.es
Las partes garantizan que han trasladado esta información a sus representantes y empleados, así como que pueden ejercitar, entre las partes y en cualquier momento, los derechos reconocidos en la normativa en materia de protección de datos y, concretamente, el derecho de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y limitación, así como el derecho de oposición, mediante solicitud remitida por escrito a :
En el caso de RANDSTAD, a la dirección de correo electrónico: proteccion.datos@randstad.es, o por correo postal a la atención del Delegado de Protección de Datos, Calle Vía de los Poblados nº 9, Edificio “Trianon”, Bloque B, planta 4ª, 28033, Madrid.
En el caso del CLIENTE, enviando su solicitud a la dirección indicada en el encabezamiento.
Asimismo, los interesados tienen derecho a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos: www.aepd.es).
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Cesión de datos personales
La presente cláusula será de aplicación en los siguientes supuestos:
- Cuando se delegue totalmente la gestión, organización y puesta en marcha de la formación a RANDSTAD.
- Cuando la formación sea subvencionada y, RANDSTAD realice la debida comunicación de datos a FUNDAE y únicamente respecto de dichas gestiones.
En tales casos, la comunicación de los datos de empleados del CLIENTE se realizará en calidad de Responsables Independientes.
Compromiso de cumplimiento con la normativa de protección de datos
RANDSTAD, en calidad de cedente de los datos personales de los candidatos, garantiza que cuenta con base legítima suficiente para el tratamiento y comunicación de los datos y ha cumplido con el deber de información a los interesados, de acuerdo con lo previsto en el RGPD y el resto de normativa aplicable.
Por otra parte, el CLIENTE, en calidad de cesionario de los datos personales de los candidatos, se compromete a tratar los datos única y exclusivamente con las finalidades establecidas en el Servicio Principal y a cumplir con el deber de informar a los interesados establecido en el artículo 14 del RGPD. Asimismo, el CLIENTE garantiza que dará cumplimiento al resto de obligaciones que le corresponden como Responsable del tratamiento, de conformidad con la normativa aplicable.
En caso de que el CLIENTE trate los datos personales de los interesados con finalidades distintas a las recogidas en el Servicio Principal, se compromete a dar cumplimiento a todas las obligaciones que le corresponden como Responsable del tratamiento, de conformidad con el RGPD y la LOPDGDD.
Ejercicio de derechos
Las Partes responderán a los ejercicios de derechos que los interesados puedan dirigirles.
Cada parte será responsable de contestar en tiempo y forma los derechos de los afectados. En caso de que una de las Partes reciba una petición que deba ser respondida por la otra parte, la parte receptora facilitará al afectado los datos del responsable correspondiente al que debe dirigirse en atención de su derecho. Las Partes colaborarán en la medida que ello sea posible siempre que no se vulneren los derechos fundamentales de los interesados que ejercen sus derechos ante un responsable concreto. Los interesados podrán ejercer los derechos que les reconoce el RGPD frente a, y en contra de, cada uno de los Responsables.
Encargados del tratamiento de datos
Las Partes podrán designar y emplear encargados del tratamiento de datos para la ejecución de los fines descritos en el Acuerdo. Cada Parte será responsable de suscribir un acuerdo con los encargados del tratamiento y proporcionarles las instrucciones necesarias para la correcta ejecución del mismo. Conforme a dicho acuerdo, las Partes aceptan que la Parte a cuya iniciativa se deba el tratamiento de datos será responsable de gestionar la relación con dicho encargado del tratamiento de datos.
Transferencias internacionales de datos
Cada Parte garantizará que, si transfiere datos personales de cualquier afectado por el Acuerdo fuera del UE a un país cuyo nivel de protección de los datos personales no esté reconocido como adecuado por la Comisión Europea, dicha transferencia será cubierta por una norma de cumplimiento reconocida en virtud del RGPD para la transferencia lícita de datos personales fuera del UE, como la ejecución de un acuerdo basado en las cláusulas modelo más actuales de la UE o cualquier otra garantía suficiente.
Medidas de seguridad
Cada Parte aplicará las medidas técnicas y de organización adecuadas para la protección de los datos personales que en función del riesgo procedan teniendo en cuenta el estado de la técnica, costes de aplicación, naturaleza, el contexto y los fines del tratamiento, así como riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de los interesados.
Responsabilidad
Cada Parte asumirá la responsabilidad y consecuencias que le correspondan por las eventuales infracciones que cada una de ellas realice en el ámbito de lo establecido por la normativa vigente en materia de protección de datos personales, sin que las infracciones cometidas por una afecten a la otra.
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Contrato de encargo de tratamiento
La presente cláusula será de aplicación en los siguientes supuestos:
- Cuando el CLIENTE sea el que decida sobre la gestión, organización y puesta en marcha de la formación.
- Cuando la formación sea bonificada, respecto del resto de tratamientos, siempre y cuando no se delegue totalmente la gestión, organización y puesta en marcha de la formación a RANDSTAD, siendo el CLIENTE quién decida sobre estas cuestiones y RANDSTAD únicamente siga sus instrucciones al respecto.
En tales casos, atendiendo a la naturaleza de la prestación del/los servicio/s objeto del presente acuerdo, así como a sus finalidades, y en lo que corresponda al mismo, RANDSTAD actuará en calidad de Encargado del tratamiento y el cliente como Responsable del tratamiento. Siendo así, RANDSTAD tratará alguno o varios de los datos personales de empleados del CLIENTE u otro tipo de interesado que pueda corresponder al objeto del acuerdo, enunciados de forma no limitativa, a continuación:
- Datos de carácter identificativo, características personales, circunstancias sociales, y/o datos personales de carácter sensible;
- Datos académicos y profesionales, de empleo y/o que aporten información comercial.
Del mismo modo, dichos datos personales estarán sujetos, de acuerdo a las finalidades del presente acuerdo, a alguno o varios de los tratamientos que se indican a continuación:
- Registro, recogida, conservación y/o extracción.
- Estructuración, organización, modificación y/o adaptación.
- Consulta.
- Supresión, destrucción, limitación u otro tipo de tratamiento de acuerdo a la naturaleza del servicio.
Para ello, RANDSTAD, con respecto a dichos datos deberá cumplir con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril y, en particular, con las siguientes obligaciones:
- a) Adoptar e implementar las medidas técnicas y organizativas que garanticen su seguridad y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural.
- b) Tratarlos conforme a las instrucciones del CLIENTE
- c) Utilizarlos únicamente en la medida en que sea necesario para la prestación del Servicio y, en ningún caso, para un fin distinto al mencionado.
- d) No cederlos, comunicarlos ni transmitirlos a terceros, ni siquiera para su conservación, así como no subcontratar total o parcialmente la prestación del servicio, salvo que así lo haya solicitado por escrito previamente y cuente con la autorización previa y expresa del CLIENTE.
- e) Asistir de forma leal y de buena fe tanto al CLIENTE en cualquier aspecto, cuestión, necesidad, incidencia o problema derivado de y/o en relación con el presente acuerdo y su ejecución, en especial en la gestión de la respuesta al ejercicio de derechos y comunicación y gestión de brechas de seguridad.
- e) Asegurarse de que no quede a su disposición ninguno de ellos una vez que finalice la prestación del Servicio, para lo que deberá proceder a su destrucción o a devolverlos al CLIENTE.
Por su parte, el CLIENTE cuando actúe como Responsable del tratamiento se obliga, con respecto a los datos en cuestión, a:
- Que todos ellos sean siempre legítimos y a haberlos obtenido de forma lícita.
- Haber recabado, previo el acceso por RANDSTAD a los datos, el consentimiento pertinente a tal efecto de las personas a quienes vengan referidos los mismos.
Sin perjuicio de lo establecido en la presente cláusula, en caso de concurrir con esta un acuerdo que regule de forma específica el tratamiento de los datos, y siempre que se cumpla con la normativa vigente en materia de protección de datos personales, dicho acuerdo prevalecerá sobre lo aquí establecido al respecto, quedando esta cláusula como supletoria en lo que aquel no regule.
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10. usuario externo
En el caso de que EL CLIENTE hubiere suscrito un CONTRATO, en el cual se establezca que RANDSTAD actúa en calidad de “usuario externo” del CLIENTE en la aplicación de la fundación estatal para la formación en el empleo, (FUNDAE) aplicarán las siguientes condiciones:
Cuando el CLIENTE en el apartado “Oferta Económica” haya optado por que RANDSTAD actúe como “Usuario Externo” suyo en la plataforma de la FEFE con respecto de la acción formativa objeto de EL CONTRATO, el CLIENTE tendrá que estar dado de alta en la citada plataforma como “Empresa Bonificada”, para posteriormente dar de alta a RANDSTAD como “Usuario Externo”; a tal fin RANDSTAD facilitará al CLIENTE la información necesaria. RANDSTAD en tal calidad se encargará de los trámites on-line necesarios en la citada aplicación en relación con la acción formativa objeto de EL CONTRATO, para que la misma pueda ser bonificada por el CLIENTE. En ningún caso tal encargo convertirá a RANDSTAD en Entidad Organizadora de la acción formativa.
EL CLIENTE manifiesta que es conocedor de la normativa que regula la obtención del crédito de formación en relación con las acciones de formación que programe para sus trabajadores, así como de los permisos individuales de formación que les conceda, y que cumple y cumplirá con las obligaciones que la misma impone a las empresas beneficiarias de los créditos a la formación. A tal fin se compromete a facilitar información y documentación fidedigna a RANDSTAD para que la misma pueda actuar como Entidad Formadora y, en su caso, Usuario Externo. RANDSTAD no será responsable en modo alguno de los incumplimientos del CLIENTE que perjudiquen la obtención del citado crédito en relación con la acción formativa aludida.
RANDSTAD declara que cuenta con profesionales con la cualificación idónea para la ejecución del servicio concertado y para llevar a cabo el despliegue de todas las actividades en él contenidas, entendiéndose el servicio a cargo de RANDSTAD como una obligación de medios y no de resultado. En este sentido RANDSTAD no garantiza en modo alguno la obtención del crédito de formación por parte del CLIENTE en relación con la acción formativa a la que hace referencia EL CONTRATO, puesto que el mismo depende de que EL CLIENTE cumpla con todas las obligaciones que el compete.
RANDSTAD no asume ningún tipo de obligación de cara al CLIENTE y su crédito de formación en relación con acciones formativas distintas de las incluidas en EL CONTRATO.
Se recuerda al CLIENTE que para bonificar el crédito correspondiente a la acción formativa objeto de la oferta es necesario, entre otros requisitos, que: i) haya abonado la factura correspondiente a la misma y ii) el alumno haya finalizado la acción formativa.
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11. propiedad intelectual
Este acuerdo de colaboración y/o la participación en las unidades de formación, así como la puesta a disposición de materiales didácticos en la plataforma de formación e-learning, no concede al CLIENTE o a los alumnos/participantes en el curso de formación ningún tipo de derecho de utilización de los métodos de formación o materiales didácticos que vaya más allá de la utilización dentro de las unidades de formación, del tratamiento posterior del material o del control de los resultados del alumno.
Cualquier uso distinto o publicación de los métodos de formación o materiales de clase, sea en la forma que sea, requieren el acuerdo previo por escrito de RANDSTAD.
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12. cumplimiento normativo
EL CLIENTE manifiesta que ni él ni sus empleados y/o directivos, ni cualquiera de sus filiales, ni los directivos y/o empleados de éstas últimas, han sido objeto de investigación, formal o informal, sanción o condena por incumplimiento de la normativa nacional o internacional en materia de prevención y lucha contra el terrorismo, las violaciones de derechos humanos y/o la seguridad internacional, ni están en las listas de exclusión correspondientes. Igualmente declara que no es propiedad, ni está bajo el control de ninguna persona física o jurídica en la que concurran tales circunstancias.
EL CLIENTE se compromete a adoptar todas las medidas razonables para que tanto él como sus filiales, y sus respectivos empleados, cumplan la citada normativa y para que ni los servicios facilitados por RANDSTAD, ni los trabajadores de ésta, se vean afectados por actividades que puedan infringir tal regulación.ç
EL CLIENTE se asegurará de que no transferirá fondos a RANDSTAD provenientes de negocios, actividades y/o transacciones con terceros sancionados por la normativa aludida, ni de ninguna actividad que infrinja la misma.
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13. legislación y jurisdicción
Para cuantas cuestiones litigiosas puedan plantearse en la interpretación y ejecución del presente CONTRATO, las partes, con renuncia expresa a su propio fuero, si lo tuvieran, se someten a la Jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital.
Condiciones de contratación de servicios de formación protocolo nº 69 de 2 de Enero de 2024 del Notario del Ilustre Colegio de Madrid D.Ricardo Vilas de Escauriaza.